Evidencia sobre irregularidades en contratos de luminarias en Mexicali

Falta de transparencia y legalidad en el proceso licitatorio del Ayuntamiento de Mexicali en el suministro de luminarias.

Por Guadalupe Lizárraga

La alcaldesa de Mexicali, Norma Bustamante, a través de su director de comunicación social, Édgar Covarrubias, envió un escrito en respuesta al reportaje “Las irregularidades en la contratación de luminarias en Mexicali” en el que esta periodista expone la falta de transparencia y legalidad de los procesos de adquisición e instalación de las luminarias en la ciudad.

En el documento, la administración municipal presenta seis puntos, ofreciendo su versión de los hechos, a manera de “Aclaración”, por lo que se da respuesta a cada uno de éstos.  

Con respecto al primer punto

El Ayuntamiento sostiene que:

PRIMERO: En su propuesta, la empresa PALTEC demostró haber realizado servicios de suministro e instalación de sistemas de alumbrado público, experiencia que se acreditó con contratos, tal como se establecía en la Licitación Pública Nacional AYTOMXL-OM-ADQ-19-23. Adicionalmente, en el objeto social establecido en su acta de asamblea número 20712 volumen 85 del Notario público 22 de León, Gto. Lic. Luis Ignacio Vázquez Hernández, la empresa cuenta con la actividad requerida en las bases de licitación.

Infosavia / Los Ángeles Press demuestran:

Tal y como se acredita con el registro ante el SIGER de la Secretaría de Economía del acta de asamblea número 20712 volumen 85 del Notario público 22 de León, Guanajuato, del Lic. Luis Ignacio Vázquez Hernández, que obra en poder de Infosavia y de Los Ángeles Press, en ningún momento la empresa “Planeación y Análisis de Tecnología S.A. de C.V.” (PALTEC) demuestra tener el objeto social para la instalación de luminarias; se trata de una empresa que se enfoca en la publicidad impresa. De tal modo, la administración de Mexicali miente.

 
 

Con respecto a los puntos segundo y tercero

El Ayuntamiento sostiene que: 

SEGUNDO: La licitación se diseñó a través montos máximos y mínimos para la adquisición e instalación de luminarias, que es una variante prevista en la normativa de contrataciones públicas. Dicha variante se utilizó para poder optimizar la configuración de las potencias (watts) y luminosidad (lúmenes) de las lámparas, y con ello la eficiencia del sistema de alumbrado público. Así, se pudieron utilizar las lámparas de las potencias requeridas que fueran más adecuadas a las circunstancias que se presentaran en campo (35, 50, 100 y 135 watts), considerando la altura de las lámparas, la distancia entre los postes y la alineación de un solo lado de la calle o de ambos, a manera da alumbrar mejor y ajustar el consumo de energía.

TERCERO: El costo unitario de adquisición e instalación de las luminarias depende de diversos factores, que los proveedores deben considerar en función de los requerimientos y condiciones de cada municipio. Ello incluye una diversidad de elementos variables tales como la cantidad de lámparas a instalar, el transporte de grúas propias, el costo local de las grúas complementarias a rentar, la cantidad de cuadrillas necesarias para cumplir con los tiempos requeridos, los requerimientos específicos de cableado y materiales para instalación de las lámparas, la necesidad o no de cambiar el cableado eléctrico entre los postes conforme a su deterioro, entre otros, y estas variables específicas hacen que cada precio ofertado por los licitantes deba ser ajustado para cada procedimiento licitatorio.

Infosavia y Los Ángeles Press demuestran:

Tal y como se refirió en el reportaje en cuestión, la administración de Norma Bustamante en ningún momento ha ofrecido una certeza sobre el contrato AYTOMXL-OM-ADQ-19-23 y sobre el número de luminarias que han sido instaladas, el costo de éstas y su ubicación.

También existe opacidad sobre las características específicas de las luminarias adquiridas, ya que el contrato se maneja de manera ambigua y en éste se establece un monto mínimo de $68,677,082.66 y uno máximo de $166,515,177.40.

 
Fragmento del contrato AYTOMXL-OM-ADQ-19-23.

No obstante, ante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) con el mismo número de contratación y de fecha del 24 de octubre de 2023, el monto registrado fue de $66,677,082.00 pesos, dejando una diferencia de $2,000,000.66 que fue señalado en el documento oficial del Ayuntamiento de Mexicali, sin especificar el destino y el porqué de este recurso.

Asimismo, en el contrato AYTOMXL-OM-ADQ-19-23 se estableció como vigencia del contrato al 31 de diciembre de 2023, señalando que las luminarias deberían haber quedado instaladas en un 70% al 27 de ese mismo mes. Situación que hasta el momento no se presenta, lo cual contraviene la Ley de adquisiciones y arrendamientos y servicios para el estado de Baja California.

 
Monto en el reporte de Transparencia $ 66,677,082.00 

Al respecto, Infosavia y Los Ángeles Press interpusieron solicitudes a través de Transparencia para que la administración de Mexicali ofrezca certeza sobre estas contrataciones y el manejo de estos recursos; lo que dio origen a la investigación de esta periodista.

Al punto cuarto

El Ayuntamiento sostiene que:

CUARTO: Al tratarse de una licitación pública nacional, pueden participar prácticamente todos los proveedores que tengan interés y capacidad de ofrecer los servicios. Por lo tanto, no se puede y no tendría sentido simular competencia, ya que no se tiene control sobre los participantes. Cabe aclarar que en la Junta de Aclaraciones del 10 de octubre participaron 7 proveedores, de los cuales 3 presentaron oferta el 16 de octubre de 2023. En cuanto a los proveedores Inteligencia Energética y Teletec, en la revisión de documentos se confirmó que no cumplían con todos los requisitos administrativos y técnicos establecidos, por lo que sus propuestas fueron desechadas, conforme a la normativa correspondiente.

Infosavia y Los Ángeles Press demuestran:

Tal y como se mencionó en la investigación publicada, dos de los tres representantes de las empresas que presentaron oferta a la licitación, el de Inteligencia Energética SA de CV (Raúl Enrique Romo Byron) y el de PALTEC, Planeación y Análisis de Tecnología SA de CV (Fernando García Hevia) son socios en la empresa “G.R. Ecologic Business”.

Es así que se infiere que, al menos, hubo una simulación entre los proveedores al momento de presentarse en la licitación ante la administración de Mexicali.

Situación que se podría evitar si la administración de Norma Bustamante verificara previamente a los proveedores a través de una simple consulta ante el Registro Público de Comercio de la Secretaría de Economía. Es menester que la administración de Mexicali preste mayor atención al momento de realizar licitaciones.

 
Sociedad de GR Ecologic Business integrada por Fernando García Hevia y Raúl Enrique Romo, ambos simulando ser competencia en el proceso de licitación de Mexicali.

Al punto quinto

El Ayuntamiento sostiene que:

QUINTO: El proveedor PALTEC es empresa autorizada para comercializar, distribuir, exportar, instalar la marca Spring Lighting del fabricante Hangzhou de México. No existe ninguna subcontratación, además el contrato no lo permite.

Infosavia y Los Ángeles Press demuestran:

Si bien la administración trata de desvirtuar la presunta subcontratación a la que refiere la investigación publicada en Infosavia / Los Ángeles Press, y que señala está prohibida en el contrato; la realidad es que la empresa “Planeación y Análisis de Tecnología S.A. de C.V.” (PALTEC) operó como una intermediaria entre la empresa Hangzhou de Mexico -que exporta este material a nuestro país y que no es proveedor de gobierno- y la administración de Norma Bustamante. Vendiendo a un costo más elevado las luminarias que si fuera compra directa con el importador, incluso a un precio más alto que las luminarias que instaló la misma contratista PALTEC, en otros municipios de la república como se demostró en el caso de Silao, Guanajuato.

De tal modo, la administración de Norma Bustamante no realizó una investigación de mercado previo al otorgamiento de las contrataciones.

Es importante mencionar que la empresa Hangzhou de México se ubica en Dakota 367, de la Colonia Nápoles, en la Alcaldía Benito Juárez, de la Ciudad de México, en la misma dirección que “Planeación y Análisis de Tecnología, SA de CV.” (PALTEC).

 
Domicilio de Hanzhou de México y Planeación y Análisis de Tecnología, SA de CV.

Con respecto al punto sexto

El Ayuntamiento sostiene que: 

SEXTO: Se aclara que con base en la NOM-031-ENER-2019, tienen una vida útil de 100,000 horas, y que la carcasa es de aluminio. En cuanto a las afirmaciones con respecto a la temperatura, las lámparas instaladas en el municipio cuentan con certificación de LAPEM de CFE, donde se estipula una temperatura de operación de 55 grados. Sin otro particular, quedo atenta a cualquier duda o comentario sobre el tema.

Infosavia y Los Ángeles Press demuestran:

De acuerdo con el documento que emitió la CFE directo a la empresa Hangzhou de Mexico, que importa las luminarias subcontratadas por la administración de Norma Bustamante, y que obra en poder de Infosavia / Los Ángeles Press, éste señala que si bien estas luminarias cumplen con la norma oficial vigente en alumbrado público, no se cuenta con estudios para demostrar su efectividad.

Es decir, que la propia Comisión Federal de Electricidad recomienda que se hagan estudios sobre anchos de calle, distancias interpostales y alturas de montaje, a fin de que se compruebe la efectividad de estas luminarias donde sean instaladas. Estudio del que no existe evidencia de que fuera realizado por parte de la administración de Norma Bustamante.

Al respecto, Infosavia / Los Ángeles Press interpusieron solicitudes por medio de Transparencia para que la administración de Mexicali presente el estudio que debió realizar a las luminarias.

Estudio de CFE con vigencia de dos años